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La potencia contratada: el coste fijo que muchas empresas pagan de más sin darse cuenta

Muchas empresas revisan el consumo y pasan de largo por la potencia. Sin embargo, una parte del coste eléctrico no depende de lo que gastas, sino de la capacidad que reservas. Y cuando esa capacidad está mal ajustada, el sobrecoste se vuelve silencioso, fijo y recurrente.

Artículo sobre potencia contratada y sobrecostes fijos en empresas
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Hay errores empresariales que hacen ruido desde el primer día. Y hay otros que se instalan con discreción, se vuelven costumbre y terminan costando dinero sin levantar sospechas. La potencia contratada suele pertenecer a ese segundo grupo.

Cuando una empresa piensa en su factura eléctrica, casi siempre mira primero el consumo. Es normal. Los kilovatios hora se ven, suben, bajan, se comparan, se discuten. La potencia, en cambio, parece una cifra más técnica, más lejana, casi administrativa. Pero precisamente por eso conviene prestarle atención. Porque no representa lo que consumes, sino la capacidad que reservas para poder consumir. Y esa reserva, bien dimensionada, protege la operativa; mal dimensionada, se convierte en un coste fijo que no deja de cobrarse por el simple hecho de estar ahí. La CNMC recuerda, de forma muy clara, que la facturación por potencia es fija y depende de la potencia contratada, de modo que se sigue pagando aunque no se haya consumido nada1.

Dicho de una forma más sencilla: muchas empresas no pagan de más por gastar demasiado, sino por tener contratado más de lo que realmente necesitan.

Eso cambia mucho la conversación. Porque ya no estamos hablando solo de eficiencia energética en sentido clásico, ni de apagar luces, ni de desplazar consumos. Estamos hablando de estructura de coste. De revisar si el suministro está ajustado a la realidad operativa del negocio o a una decisión tomada hace años que nunca se volvió a pensar. Y ahí suele aparecer una de las palancas más olvidadas de ahorro: optimizar la potencia contratada.

No es consumo: es capacidad reservada

Antes de seguir, conviene entender bien qué significa. La potencia contratada no es el volumen de electricidad que consumes a lo largo del mes. Es la potencia máxima que el suministro tiene contratada para poder atender tu demanda. En baja tensión y hasta 15 kW, el peaje 2.0TD se aplica a suministros conectados en redes de tensión no superior a 1 kV con potencia contratada igual o inferior a 15 kW en todos los periodos, y consta de dos términos de potencia y tres términos de energía42.

En la Península, el periodo valle de esa estructura coincide con las horas de menor presión sobre la red: de 0:00 a 8:00 y todas las horas de sábados, domingos y festivos nacionales4. Para suministros con potencia superior a 15 kW en alguno de los periodos, el peaje aplicable pasa, con carácter general en baja tensión, al 3.0TD, que trabaja con seis periodos de potencia y seis de energía4.

Esta arquitectura no es un detalle técnico sin consecuencias. De hecho, es justamente lo que abre la puerta a optimizar. La propia documentación explicativa de la CNMC sobre la nueva factura aclara que, en 2.0TD, puede contratarse la potencia que se desee en cada uno de los dos periodos, siempre que no se superen los 15 kW; no tienen por qué ser iguales ni crecientes2. Además, MITECO recuerda que los consumidores con menos de 15 kW y contador con discriminación horaria y telegestión pueden contratar la potencia en múltiplos de 0,1 kW3.

La oportunidad rara vez está en mirar solo cuánto consumes. Suele estar en revisar si sigues pagando, mes tras mes, por una capacidad que ya no refleja cómo funciona hoy tu negocio.

La oportunidad real no siempre es bajar: a veces es repartir mejor

Y aquí es donde la teoría empieza a tocar la realidad empresarial.

Muchas pequeñas empresas, despachos, comercios, clínicas, oficinas o locales siguen arrastrando una potencia heredada de otro momento: una apertura inicial, una obra, una previsión prudente o una recomendación que no se revisó nunca. El negocio cambió, los equipos cambiaron, los hábitos cambiaron… pero la potencia se quedó igual. Y como el término fijo no genera titulares dentro de la empresa, nadie lo cuestiona. Simplemente se paga.

Sin embargo, el diseño tarifario actual hace que esa revisión tenga más sentido que nunca. La resolución de peajes de acceso aplicable desde el 1 de enero de 2026 fija, para el 2.0TD, un término de potencia del peaje de transporte y distribución de 23,324952 €/kW y año en el periodo 1 frente a 0,443770 €/kW y año en el periodo 25. No es toda la factura, porque después entran cargos, comercialización e impuestos, pero sí es una señal regulatoria muy clara: la estructura del sistema incentiva que la necesidad de potencia, cuando sea posible, se apoye más en el valle que en el punta-llano.

Traducido al lenguaje de empresa: no siempre se trata de bajar potencia; muchas veces se trata de repartirla mejor.

Ese matiz importa. Porque optimizar la potencia no consiste en recortarla a ciegas hasta que “salga más barato”. Esa sería una mala forma de ahorrar. La buena consiste en ajustar el contrato al patrón real de simultaneidad del negocio. Saber cuántos equipos coinciden de verdad, en qué horarios se tensiona el suministro, qué parte del uso puede desplazarse, si existe necesidad operativa nocturna o en fin de semana, y si el pico que se usa como referencia sigue siendo actual o responde a una realidad ya superada.

Por eso, una buena optimización de potencia se parece más a una decisión de gestión que a un simple trámite técnico. Obliga a mirar el negocio con honestidad. A veces la conclusión será que la potencia está claramente sobredimensionada y conviene reducirla. Otras veces, que el ajuste debe hacerse entre periodos. Y en algunos casos la respuesta incluso será la contraria: subir en valle para ganar operatividad barata y bajar en punta para recortar coste fijo donde más pesa. La CNMC puso ejemplos de esta lógica al explicar la nueva estructura: consumos desplazables, recarga de vehículo eléctrico o acumulación nocturna pueden justificar más potencia en valle y menos en punta2.

Optimizar no es recortar a ciegas

Lo interesante es que este razonamiento no vale solo para hogares o pequeños suministros. Cuando una empresa supera los 15 kW y entra en 3.0TD, la decisión gana todavía más peso. La Circular 3/2020 establece que este peaje se aplica a suministros conectados en redes de tensión no superior a 1 kV con potencia contratada superior a 15 kW en alguno de los seis periodos horarios, y que las potencias contratadas deben ser crecientes de un periodo al siguiente4.

Además, la propia regulación contempla la facturación por excesos de potencia. La CNMC explica que, cuando el suministro no está controlado mediante ICP sino con maxímetro, el exceso se factura; y en peajes 3.0TD y 6.X TD el control se realiza mediante el equipo de medida correspondiente, con registro de potencia demandada por periodo2. Es decir: una mala contratación no solo puede encarecer el fijo, también puede añadir penalizaciones cuando la demanda real supera lo contratado.

Aquí aparece otra verdad poco cómoda: muchas empresas piensan que su problema energético está en el precio del kWh, cuando parte del desajuste está en cómo han definido su acceso a red.

Y eso tiene consecuencias empresariales muy concretas. Una potencia sobredimensionada erosiona el margen incluso en meses de baja actividad. Una potencia mal distribuida entre periodos impide capturar el beneficio de la estructura tarifaria. Y una potencia infradimensionada puede generar incidencias operativas o, según el caso, excesos facturables. La CNMC recuerda que, en baja tensión con potencia contratada igual o inferior a 15 kW, el control se realiza normalmente mediante ICP: si se supera la potencia contratada, se produce un corte del suministro. En puntos no interrumpibles o con maxímetro, el exceso se factura en lugar de provocar el corte2.

Ese punto es especialmente importante porque desmonta un error frecuente: pensar que bajar potencia siempre es una decisión inocua. No lo es. Si se hace sin lectura real de demanda, puede perjudicar la operativa. Por eso optimizar no es recortar por recortar. Es ajustar con criterio.

Revisar antes de que el error se vuelva costumbre

La buena noticia es que el sistema permite revisar ese ajuste. MITECO indica que los consumidores tienen derecho a realizar al menos un cambio de potencia cada 12 meses3. La CNMC, en su documentación explicativa, también recuerda que las potencias contratadas pueden modificarse una vez cada doce meses y que durante la adaptación inicial a la nueva estructura se permitieron dos cambios2.

Lo inteligente, por tanto, no es tocar la potencia cuando hay un problema. Lo inteligente es revisarla antes de que el problema se convierta en costumbre.

Porque cuando una empresa entiende esto, deja de ver la potencia contratada como un número inmóvil al principio de la factura. Empieza a verla como lo que realmente es: una de las decisiones más silenciosas, pero también más rentables, de su estructura eléctrica.

A veces el ahorro no está en hacer algo extraordinario.

A veces está en dejar de pagar, mes tras mes, por una capacidad que ya no necesitas.

Y otras veces está en contratar mejor lo que sí necesitas, pero en el lugar horario adecuado.

Esa diferencia parece pequeña sobre el papel. En la cuenta de resultados, rara vez lo es.

Idea clave

La potencia contratada no es un dato administrativo: es una decisión de coste fijo que conviene revisar con la misma seriedad con la que se revisa el precio de la energía.

Optimizar no consiste en recortar por intuición. Consiste en ajustar la capacidad contratada al patrón real del negocio, repartirla mejor entre periodos cuando tenga sentido y evitar tanto el sobredimensionamiento silencioso como la infracontratación que termina afectando a la operativa.

Si quieres saber si tu potencia está bien dimensionada, empecemos por el diagnóstico

Una revisión técnica bien hecha permite detectar si hoy pagas capacidad de más, si te conviene redistribuir potencia entre periodos o si existe riesgo operativo por un ajuste mal planteado.

Fuentes consultadas

  1. CNMC. Comercialización y suministro eléctrico.
  2. CNMC. La nueva factura de la luz.
  3. MITECO. Contratación y suministro.
  4. BOE / CNMC. Circular 3/2020, de 15 de enero, sobre metodología de peajes de transporte y distribución de electricidad.
  5. BOE / CNMC. Resolución de 18 de diciembre de 2025, con los peajes de acceso aplicables desde el 1 de enero de 2026.
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